Hablamos con Hector Acuña, diputado provincial, sobre la renuncia del fiscal regional Fessia y una ley que trata sobre esta cuestión.
Al respecto manifestó: “la ley 13.172, dispone en su artículo primero, que se denomina Designación Subsidiaria, que los magistrados funcionarios y empleados del poder judicial que sean designados por el poder Ejecutivo, conforme a la ley del Ministerio Público de la Acusación, que es la 13.013, para desempeñarme como fiscal general o regional, al finalizar su mandato, por cualquier motivo excepto remoción o renuncia, se lo designará como fiscal del distrito judicial donde prestaban sus funciones anteriormente”. Y, en tal sentido, agrego: “me parece una exageración del legislador que sí el funcionario renuncia solo cuando está por ser removido no puede volver al cargo no puede volver al cargo. No, sí vos sos removido o renunciaste no podes volver al antiguo cargo, sino le estamos dando el atajo a Fessia. La ley habla de remoción o renuncia son los supuestos que no se pueden dar para que Fessia vuelva.”
Te invitamos a escuchar la entrevista completa a Héctor Acuña
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