La entidad manifestó su oposición a los cambios proyectados en la Ley de Contrato de Trabajo, especialmente en lo referido al pago en cuotas de honorarios y a la responsabilidad solidaria por pluspetición..
El Colegio de Abogados de Reconquista expresó su “rechazo absoluto” a la reforma laboral en tratamiento legislativo y se sumó a la postura fijada por la Federación de Colegios de Abogados de Santa Fe (FECASFE). A través de un comunicado, la institución cuestionó especialmente las modificaciones proyectadas sobre los artículos 277 y 20 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), por considerar que afectan derechos básicos de los profesionales del derecho.
En el documento, el Colegio manifestó su “enérgica oposición” a la modificación del artículo 277 de la LCT, que habilitaría el pago de honorarios profesionales hasta en doce cuotas. Desde la entidad remarcaron que los honorarios tienen naturaleza alimentaria y resultan esenciales para la subsistencia de los abogados y sus familias.
La institución consideró llamativo que, en un contexto de crisis social y económica, se pretenda imponer a los profesionales una espera de hasta doce meses para percibir el fruto de su trabajo. En ese sentido, señalaron que quienes impulsan o avalan la reforma no someten sus propios ingresos a un diferimiento similar.
En tono crítico, el comunicado plantea que si el pago en doce cuotas es considerado “razonable, viable y justo”, debería aplicarse el mismo criterio a los sueldos de los legisladores que apoyen la modificación, invocando el mismo espíritu de “patriotismo” con el que —según sostienen— se intenta justificar la medida.
Por otra parte, el Colegio advirtió que la modificación proyectada al artículo 20 de la LCT reviste una gravedad aún mayor. El nuevo texto establece que la sobreestimación de los créditos reclamados será considerada pluspetición, habilitando la condena solidaria en costas del abogado junto con su cliente.
Para la entidad, esta previsión constituye “una herramienta de disciplinamiento”. Argumentan que la cuantificación de un crédito laboral no es una especulación arbitraria, sino una estimación técnica sujeta a prueba y a criterios interpretativos propios del ejercicio profesional. La eventual diferencia entre lo reclamado y lo reconocido, sostienen, responde a un cálculo derivado de la valoración judicial y no puede transformarse en un mecanismo sancionatorio encubierto.
Desde el Colegio alertaron que la reforma introduce un riesgo económico personal para el abogado por el solo hecho de ejercer su rol con amplitud técnica. A su entender, esto afectaría la independencia profesional y condicionaría el acceso a la justicia de los trabajadores.
Finalmente, el Colegio de Abogados de Reconquista reafirmó su rechazo a toda normativa que restrinja la libertad de trabajo, intimide el ejercicio profesional o traslade a los abogados responsabilidades que no les corresponden. Y concluyó con un planteo político: si el criterio es que los profesionales deben asumir riesgos patrimoniales por ejercer su función, también debería debatirse en qué condiciones asumen responsabilidad quienes legislan normas que impactan sobre derechos fundamentales.
Fuente: Sin Mordaza

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