Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y responden a distintas irregularidades detectadas durante tareas de fiscalización.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país el uso, la comercialización y la distribución de distintos productos de limpieza y dispositivos médicos.
Las medidas fueron oficializadas a través de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial y están vinculadas con productos sin registro vigente, equipos denunciados como robados y materiales médicos con presuntas alteraciones en su identificación y fecha de vencimiento.
Las prohibiciones alcanzan a productos destinados tanto a tareas de desinfección como a la atención médica. En cada caso, el organismo explicó los motivos que llevaron a retirar los artículos del circuito comercial y sanitario.
Un desinfectante Clean On quedó fuera de circulación
Una de las medidas corresponde a un desinfectante de superficies de la marca Clean On, cuya utilización, comercialización y distribución fue prohibida en todo el territorio argentino mediante la Disposición 5730/2026.
La investigación se inició a partir de tareas de fiscalización y monitoreo realizadas por el área de domisanitarios de la ANMAT, luego de que se detectara la comercialización de productos de esa marca sin un registro vigente ante el organismo.
Entre la documentación incorporada al expediente figura una factura correspondiente al 25 de marzo de 2026 por la compra de un bidón de 10 litros. La operación se concretó en un comercio de la Ciudad de Buenos Aires y el producto tenía como destino un cliente de Bahía Blanca.
El envase se presentaba como un desinfectante de superficies de uso exclusivamente profesional y consignaba como fabricante a Nolor S.R.L., con domicilio en Pavón, partido de Exaltación de la Cruz, provincia de Buenos Aires.
Según la ANMAT, el producto había estado registrado anteriormente como desinfectante de superficies Clean On, bajo el Registro Nacional de Productos Domisanitarios (RNPD) 0250001. Sin embargo, la etiqueta de la unidad relevada no coincidía con las autorizadas por el organismo en la Disposición 5224/2023.
A esto se sumó otro inconveniente: las inscripciones de los establecimientos relacionados habían sido canceladas y, como consecuencia, también habían perdido vigencia los registros de los productos vinculados.
Durante el análisis de la muestra, además, se detectó que el envase no informaba número de lote, fecha de elaboración, fecha de vencimiento ni dosis de uso. Estos datos resultan necesarios para identificar el producto y establecer las condiciones en las que debe ser utilizado.
Para la autoridad sanitaria, el desinfectante habría sido fabricado y comercializado por una empresa que no era la titular registrada ante la ANMAT. Por esa razón, el organismo lo consideró un producto ilegítimo y sin inscripción válida.
La ANMAT señaló que, al no poder determinarse las condiciones en las que fue elaborado ni su formulación, tampoco podía garantizarse su calidad, seguridad y eficacia. Por ese motivo se dispuso su prohibición en todo el país.

También prohibieron un ecógrafo robado y tornillos implantables
Otra de las disposiciones, la 5722/2026, alcanzó a un ecógrafo portátil y dos transductores de la marca Mindray que habían sido denunciados como robados en Quilmes, provincia de Buenos Aires.
La medida comprende específicamente un ecógrafo Doppler Color portátil Mindray MX7 y dos transductores: uno cardiológico y otro lineal. Todos fueron identificados mediante sus respectivos números de serie.
El robo había sido denunciado el 15 de julio de 2026, luego de que un empleado de la empresa propietaria advirtiera la sustracción de un maletín que había quedado dentro de un vehículo estacionado en Quilmes. Además del ecógrafo, allí se encontraban los dos transductores y el cargador.
Los equipos pueden utilizarse para diferentes estudios médicos, entre ellos ecografías abdominales, ginecológicas, obstétricas, pediátricas, cardíacas, vasculares y neurológicas.
La ANMAT aclaró que la prohibición no alcanza a todos los productos de la marca Mindray, sino exclusivamente a las unidades individualizadas en la disposición. La decisión se tomó porque, después del robo, no podía garantizarse la trazabilidad ni conocerse en qué condiciones habían sido conservados los equipos.

La tercera medida, correspondiente a la Disposición 5738/2026, involucró tornillos implantables identificados como “BIO ASIST – IMPLANTS”.
Durante una inspección realizada en mayo en un establecimiento de ortopedia de la ciudad de San Juan, los agentes de la ANMAT encontraron productos médicos con envases y rótulos superpuestos. En algunos casos, las fechas consignadas en las distintas capas del embalaje no coincidían.
Uno de los ejemplos detectados presentaba una fecha de elaboración de julio de 2013 y un vencimiento en julio de 2018 en el rótulo interno, mientras que una etiqueta exterior indicaba como fecha límite de uso enero de 2028.
La autoridad sanitaria tomó muestras y solicitó documentación que permitiera acreditar el origen de los productos. Además, representantes de empresas vinculadas con algunas de las marcas analizadas señalaron diferencias entre los productos inspeccionados y aquellos que fabrican y comercializan de manera autorizada.
Según informó la ANMAT, las firmas relacionadas con los productos identificados como BIO ASIST e IMPLANT’S no contaban con habilitación para fabricar, importar ni realizar tránsito interjurisdiccional de productos médicos.
Ante las irregularidades detectadas, el organismo prohibió el uso, la comercialización y la distribución de estos tornillos implantables en todo el país y dispuso además la intervención de la Coordinación de Asuntos Judiciales para avanzar con una denuncia ante el organismo correspondiente.
Fuente: El Litoral

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