Esta mañana en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista donde se sustancia la causa VICENTIN S.A.I.C. S/ CONCURSO PREVENTIVO el juez Dr. Fabián Lorenzini restituyó a los administradores naturales de la sociedad concursada que fueron designados en la ultima Asamblea Ordinaria de Accionistas y dejar a los  Interventores designados en el DNU 522/2020 del PEN como veedores controladores.

 

Frente a la demanda interpuesta por los integrantes del Directorio de la Sociedad concursada Vicentin S.A.I.C. sobre la destitución de dicho directorio y con fundamento en la ilegitimidad e inconstitucionalidad del citado decreto de necesidad y urgencia. Cuestionaron asimismo, las motivaciones puestas de manifiesto en el citado
DNU, aseverando que se ha extralimitado el texto constitucional (Arts. 29, 75 inc. 32, 99 inc. 3), como así también la discrecionalidad legal otorgada por ley 27541, aseverando que no solo invade la órbita constitucional del poder legislativo, sino que también avasalla las funciones del juez concursal, sosteniendo que la “universalidad de situaciones que pueden darse, incluyendo una eventual intervención por las razones que la ley de concursos
establece…”, se encuentran bajo la órbita de esta Judicatura concursal.

También se le otorgan 5 días a los representantes de la intervención a contestar la demanda y efectuar los planteos correspondientes a la defensa  y a su vez se declaran incompetentes en  la demanda declarativa de  inconstitucionalidad.

Accedé a lo dictaminado por el Juez :FALLO VICENTIN

 

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