Radio FM Chalet dialogó con el referente de la Asociación Civil de los pescadores de Alto Verde, Jesús Perez.

El gobierno de la provincia de Santa Fe recuerda que desde el 1 de noviembre, y hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive, regirá el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (pseudoplatystoma coruscans) y el surubí atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).

La veda se establece a partir de la resolución Nº168/2005, facultada por el Artículo N.º 5 de la Ley 12.212, que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca.

Durante los períodos de veda establecidos queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.

“El día sábado y domingo tuvimos un plenario de delegados de todas las provincias, en la sede central de Alto Verde, un delegado por cada comunidad se hicieron presentes donde tuvimos un debate de dos días para poder delegar dos notas a la ministra”

“Nuestra institución se tomo el compromiso y los gastos de cada compañero y compañera con los pasajes de colectivos de una punta a la otra para poder tener un plenario y llegar a algunos acuerdos de las cuales venimos trabajando en conjunto”

“Nuestra institución es la más grande de la provincia de Santa Fe, representamos a 24 comunidades de pescadores en los 700km de costa que tenemos”

“En el día de hoy nos encontramos con una restricción, una veda parcial desde el día lunes al viernes totalmente prohibido la pesca comercial y sumándole a todo esto, justamente hoy entramos a una veda pesquera del surubí que arrancó el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre, una restricción total por dos meses”, agregó Pérez.

“Se hizo un acuerdo con el ministerio de medio ambiente el mes de agosto del año pasado, acuerdo que fue por 5 cuotas mensuales. Hubo un retraso con los pagos que se termino de pagar en enero y algunos en febrero del año consiguiente por cuestiones de depósito. Desde el día de enero a la fecha no estamos recibiendo un resarcimiento económico por los días perdidos, y bien lo dice la ley 3.619 la cual fue aprobada en la cámara de diputados y senadores, dícese que en temporada de veda el pescador se le proporcionará el equivalente al salario mínimo vital y móvil. Nosotros tenemos el 50% de las fuentes de trabajo cortadas por una veda, creemos que el estado se tendría que haber hecho cargo de esto.

También están vigentes las disposiciones de veda para las siguientes especies:

-Dorado: únicamente se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria (Ley 12.722)

-Pacú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)

-Manguruyú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)

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