Tras cinco meses de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Gobierno comunicó la reglamentación a través del Boletín Oficial. Las bebidas y los alimentos procesados deberán llevar octágonos negros de al menos un 5% del tamaño de la cara principal del envase.
Las prohibiciones en los envases
Los alimentos y bebidas envasadas que tengan algún sello de advertencia no pueden incorporar en sus envases:
- Información nutricional complementaria
- Logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o civiles.
- Personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, deportistas, mascotas, elementos interactivos, la entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales u otro elemento.
- La participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales con la compra de productos.
Fuente: Notife


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