Al juez que fue suspendido este martes por una denuncia de la Procuración, lo investigan por al menos nueve casos en los que decidió sobre libertades y prisiones preventivas de las personas.

El juez Rodolfo Mingarini, suspendido de sus funciones desde este martes, va hacia un juicio político que será celebrado el año que viene. Será juzgado por un tribunal de enjuiciamiento a jueces a partir de una investigación y denuncia de la Procuración General de la Corte Suprema de Justicia de la provincia a cargo de Jorge Barraguirre. El mismo solicitó el juzgamiento del magistrado por “su forma de razonar, expresarse y decidir” por incumplir normas que regulan la función judicial y porque sus decisiones judiciales “forman parte de la cultura de la violación”.

Cabe destacar que se adosan las denuncias de 20 diputadas provinciales y del colectivo Ni Una Menos de Santa Fe y de la Multisectorial de Mujeres.

La denuncia de Barraguirre es de 73 páginas y se divide en dos partes. La primera parte de la denuncia, y su posterior ampliación. Se lo acusa de ignorancia manifiesta del derecho, de incumplimiento reiterado de obligaciones del cargo y de falta o carencia de otras aptitudes esenciales para el cumplimiento de la función judicial. Se refiere no a las resoluciones finales, sino a las argumentaciones que eligió para fundamentar las decisiones de medidas cautelares. La primera causa es la que develó UNO Santa Fe el 3 de junio de este año en la que de manera oral en una audiencia de medidas cautelares liberó con restricciones a un imputado de abuso sexual porque había usado preservativo. “Podemos pensar que habría habido relaciones forzadas, pero no puedo entender cómo si va a tener relaciones forzadas, empujándola, sometiéndola, se toma el tiempo, no puedo reconstruir cómo hace para colocarse el profiláctico y luego avanzar sobre el cuerpo de la víctima que según lo que está acá, se negaba. La verdad es que ahí es donde me genera la mayor duda”, había dicho Mingarini.

El procurador en varios puntos apunta a que Mingarini, de haber razonado de ese modo “en un concurso de acceso a la función, claramente hubiera reprobado. No hay la menor duda” y que el juez “incurrió en un severísimo error lógico y además introdujo una defensa que el defensor no había introducido violando de la manera más palmaria y patente la lógica del sistema”. Asimismo, analiza que “adoptó una versión del consentimiento sorprendente, humillante y aterrorizadora” a la vez que se señala que ignoró evaluar pruebas presentadas por la fiscalía.

Además, se solicita juzgarlo por “la reescritura absurda del Código Penal Argentino en términos aberrantes conmocionando al pueblo de la provincia y de la Nación, adhiriendo a una concepción dogmática del consentimiento de la víctima más allá de toda justificación racional”. Y el procurador sostiene que Mingarini en sus argumentaciones “deja absolutamente claro un singular manifiesto desconocimiento de las normas que imponen una particular perspectiva en relación al juzgamiento de delitos de género“.

Incluso en un momento de la extensa denuncia, el procurador parodia el Código Penal que aplicó Mingarini con el fin que el tribunal de enjuiciamiento “dimensione” la injusticia. Barraguirre expone: “La pena será de seis (6) a quince (15) años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías”, y agrega en forma irónica como lo “reescribió” Mingarini: “Se considerará que medió consentimiento de la víctima cuando en la relación haya empleado preservativo”.

Asimismo, se agrega los casos Baldomir, Gómez y Nadalich en lo que participó como juez, que también fueron dados a conocer por UNO Santa Fe. En la ampliación se agregaron cuatro casos más de violencia de género en los que desestima evidencias científicas de abusos sexuales contra niños y niñas, o ignora solicitudes de protección de parte de victimas de violencia de género. Además se amplió el caso previamente presentado de Nadalich. Cabe destacar que se presentaron a la Procuración cerca de 40 resoluciones cuestionables de Mingarini, pero finalmente quedaron las que se consideran más ilustrativas.

Escándalo

Rodolfo Mingarini se dio a conocer en todo el país como juez de primera instancia por una escandalosa resolución, que UNO Santa Fe hizo pública, en la que de manera oral en una audiencia de medidas cautelares liberó con restricciones a un imputado de abuso sexual porque había usado preservativo.

La actuación llevó a una denuncia colectiva de 20 diputadas provinciales para que sea investigado por la Procuración General de la Corte Suprema de Justicia. Lo mismo hizo la mesa Ni Una Menos y la Multisectorial de Mujeres. La Corte Suprema por su parte ordenó una investigación que estuvo a cargo de Alejandro Tizón, quien solicitó actuaciones administrativas contra Mingarini. El fallo fue apelado por el Ministerio Público de la Acusación con la solicitud de cinco fiscales, y finalmente la resolución de ese caso particular fue revocado. Desde el Ejecutivo, el Ministerio de Género de Santa Fe le pidió a través de un comunicado público a la Corte Suprema que Mingarini vaya a jury.

Sobre el caso Nadalich: juez y defensor

Al suspendido juez de primera instancia se lo denuncia por varias resoluciones y pronunciamientos judiciales sin perspectiva de género. Un controvertido caso (CUIJ 21-06868115-1) ocurrió en abril del año pasado cuando se presentó una recusación contra Mingarini en el Poder Judicial por haber intentado actuar como juez (no estaba en turno) en un caso de abuso sexual en el que el imputado, Pablo Javier Nadalich, había sido representado por él como defensor público previo a su designación como magistrado. Y hubo un segundo pedido de recusación porque llamó antes de la audiencia dos veces a la abogada defensora para adelantarle su opinión sobre el caso (no hizo lo mismo con la otra parte) y la presionó para que no defienda la libertad del hombre imputado.

Nadalich es un médico que actualmente se encuentra en libertad, vive en provincia de Buenos Aires donde está bajo tratamiento de adicción a las drogas, y está a la espera del juicio. Se lo acusa de drogar y abusar sexualmente con acceso carnal a una joven. Para la Procuración, “adelanta su opinión y le reclama que la defensa no defienda la libertad del imputado. En los llamados a la defensa, el juez le dice a la abogada: “Para mí es una posición sinceramente indefendible”.

Caso Gómez

Otra polémica resolución de Mingarini del 2020, que Tizón ratificó luego en su juzgado, salió a la luz en los últimos días a partir de un reclamo de la mesa Ni Una Menos de Santa Fe. A fines de marzo del año pasado un hombre (Mauricio S. G. de 40) le arrojó una olla de agua hirviendo a su pareja, sobre su cuerpo, de manera intencional en la casa que compartían en Santo Tomé. La mujer resultó herida gravemente con quemaduras del tipo A y B en sus piernas, brazos, abdomen y tórax. De manera tal que terminó internada dos semanas en el Hospital Cullen. El ataque se dio en el marco de más de 20 años de violencia de género. Situación que fue acreditada por las tres hijas que tiene en común la pareja.

El hombre ya había sido denunciado en una ocasión por una de sus hijas por golpes, único antecedente registrado por el Poder Judicial, aunque sin resolución. Por su parte la familia de la víctima expresó en medios locales que hubo otras denuncias previas en comisarías cinco y dos años antes del ataque más reciente por golpes. Otra parte del contexto es que la mujer era el único sostén económico del hogar, y la agresión última en particular se dio durante una discusión en la que ella le pedía a él que trabaje.

En los tribunales santafesinos, la fiscal Alejandra del Río Ayala lo imputó por “lesiones dolosas calificadas, en un contexto de violencia de género” y adelantó en esa oportunidad que eventualmente la solicitud sería de una pena de seis años de prisión. Para el Ministerio Público de la Acusación (MPA) el historial de 20 años de una relación que se desarrolló con violencia de género por parte de Mauricio S. G. como agresor, sumado a su situación de desempleo y dependencia sobre la víctima implicaban un riesgo para la mujer que en ese momento estaba aún internada. También se hizo hincapié en que al momento de la agresión, el hombre no asistió a la mujer para nada. Y que, aparte, nunca cumplió con las restricciones de pandemia.

En una audiencia de medidas cautelares realizada en abril del 2020 Mingarini le otorgó la libertad con restricciones al agresor. “Más allá de la connotación moral si se quiere, tiene que ver con cuestiones que tienen que ser dirimidas en otro ámbito, en otro fuero, en familia”, fue una de las frases pronunciadas por el juez durante su resolución oral. Luego sostuvo los motivos de su decisión al expresar que como el mínimo de la pena prevista por este tipo de delitos es de tres años, y que menor a ese tiempo la prisión puede ser domiciliaria, entonces no le correspondía la preventiva, desestimando los riesgos planteados por el MPA.

Esa resolución fue apelada por la fiscalía, y llegó al juzgado de Alejandro Tizón en junio del 2020. Allí se reclamó que el propio Mingarini manifestó que no iba a “a tratar la cuestión”, por la agresión en sí y que “el magistrado no ingresó en este tema (violencia de género) y no le permitió al MPA poder abordar sobre la calificante”. La defensa del agresor se opuso a ese planteo. Finalmente Tizón apoyó la decisión de Mingarini en cuestiones técnicas vinculadas a la interpretación del Código Penal sobre los mínimos de penas en relación a las medidas alternativas a la prisión y sobre los peligros en los procesos judiciales, pero en ningún momento el magistrado de segunda instancia analizó, ni mencionó la situación de la víctima por el hecho ni la violencia de género acreditada.

Caso Baldomir

Además, fue parte del tribunal que juzgó a Carlos Manuel Baldomir, condenado a 18 años de prisión por el abuso sexual a su propia hija. En ese fallo Mingarini votó en disidencia para solicitar que la pena sea menor: de 12 años. Entre los argumentos que utilizó destaca que la víctima no fue golpeada, y que luego tuvo novio, símbolo para él de superar “hechos traumáticos”.

“No estoy de acuerdo con las apreciaciones de la querella en cuanto a su imposibilidad de superar estos hechos traumáticos, por cuanto la víctima ha demostrado tener la entereza y capacidad para lograr trasponerlos y desarrollarse normalmente. Y en este punto, también discrepo con la mayoría, en cuanto a que si bien los actos del acusado tienen la idoneidad típica para impedir el normal desarrollo sexual en abstracto, en el particular, concretamente no han tenido la extensión y lesividad invocada. Pudo iniciar su vida sexual sin conductas sexualmente desviadas, experimentando una relación sentimental adolescente con un joven que incluso se sostuvo en el tiempo, finalizando el noviazgo sin mayores inconvenientes y por otros motivos”, argumentó Mingarini en ese fallo.

Y agregó: “También valoro la escasa instrucción formal, la comprobada dedicación y preocupación por el bienestar socio-económico de sus hijos, arraigo familiar, con sustento en un medio de vida lícito (entrenador deportivo), el correcto comportamiento del imputado durante el desarrollo del proceso (demostró su decencia en cuanto que en ningún momento rebatió la versión de su hija en términos peyorativos o descalificatorios, al contrario, no hizo referencia alguna), y la ausencia de antecedentes condenatorios”, sostuvo Mingarini.

Tensiones

En este margen de dos semanas, hubo actitudes que habrían molestado a los distintos miembros de la Corte. Por ejemplo, que Mingarini llamó a otros magistrados, algunos camaristas, para buscar apoyo al mismo tiempo de criticar a los altos ministros de darle relevancia al tema, que de otra manera según él pasaría al olvido. Luego, el espacio de escucha que para los miembros de la corte fue una oportunidad para que Mingarini se exprese y pueda explicarse, se convirtió en un momento de tensión con la presencia de su abogada Georgina Stratta, que además estaba acompañada de su hijo, el también letrado Ignacio Cecchini. Finalmente en la exposición, Mingarini no solo no ofreció disculpas, ni hizo una autocrítica ni mostró arrepentimiento, sino que se tomó el tiempo de explicarle a los ministros cómo debería implementarse la perspectiva de género en la Justicia santafesina, entre otras cosas.

Esta serie de comportamientos, terminaron de definir el 10 a 0 en favor de la admisión de la denuncia. Días previos los votos estaban divididos, a pesar que las actitudes y el desempeño de Mingarini es advertido desde hace años por fiscalas, abogadas y activistas feministas. El impacto en los pasillos de Tribunales de la unanimidad en la decisión tiene adeptos, indecisos y resistencias. Algunos jueces ven favorable una futura suspensión para poder dar el mensaje a la sociedad que los magistrados “no son todos unos Mingarinis”, según indicaron altas fuentes judiciales. Otros jueces están conmovidos porque su compañero se quedará sin trabajo. Mientras que, una minoría, está de acuerdo con el suspendido por la visión contraria que tienen de la perspectiva de género.

Fuente: UNO Santa Fe

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