A partir de este viernes, está disponible el formulario para la inscripción al Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE). Deberán ingresar todas aquellas personas que deban recibir el subsidio por estar incluidos en los tres grupos contemplados por el Gobierno. Habrá turnos según el DNI para anotarse.

“Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferentes subsidios según la franja que pertenezcan”, afirmó la portavoz del Gobierno, Gabriela Cerruti.

El formulario para la inscripción de usuarios de cara a la continuidad de la percepción de los subsidios al consumo de gas y electricidad, que comenzará a regir el 1 de agosto, ya está disponible en el sitio web www.argentina.gob.ar/subsidios y en la aplicación Mi Argentina, ingresando por la solapa de “trámites”.

Para los DNI finalizados en 0, 1 y 2, la inscripción es desde este viernes y hasta el 19 de julio; para los que terminan en 3, 4 y 5, entre el 20 y el 22; y para resto, del 23 al 26 de julio.

Formulario para subsidio de luz y gas ANSES: quiénes no deben anotarse
A partir del 1 de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las tres franjas fijadas por el Gobierno. Al respecto, la portavoz explicó que al formulario “tienen que ingresar absolutamente todos los que creen que pueden recibir el subsidio, ya sea porque tiene tarifa social o porque está en la franja de ingresos medios”.

RASE: cómo anotarse para mantener subsidio de luz y gas
1. El registro se podrá realizar de la siguiente manera:

La inscripción al Registro de Acceso a los Subsidios de la Energía (RASE) se podrá a hacer a través de la web www.argentina.gob.ar/subsidios que se habilitará esta semana o de modo presencial en las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y de distribuidoras de electricidad y gas.

2. Los usuarios deberán informar un domicilio. Los datos que se informe tienen características de DDJJ de ingresos, patrimonios y grupo familiar.

3. Quien no complete este trámite perderá los subsidios. Con ello se evitará de manera inmediata perder el beneficio, mientras el Estado evalúa la presentación.

4. Todas las personas deben realizar la inscripción, tanto para las que reciben prestación sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar, Potenciar Trabajo, entre otros como jubilados y pensionados.

5. Los que no les corresponda el subsidio por pertenecer al grupo “alto”, deberán pagar la tarifa plena de manera gradual hasta fin de año.

Importante: los criterios serán “continuos y móviles”; es decir, el registro seguirá abierto para que los usuarios declaren más adelante que sus condiciones cambiaron y puedan requerir o despojarse de la ayuda estatal.

Las franjas que recibirán los subsidios
Los grupos de ingresos menores y medios accederán a los subsidios mientras que el segmento de mayores ingresos tendrá una reducción gradual de los subsidios. El Gobierno nacional, a través del Decreto 332/2022, detalló cuáles son los 3 grupos que podrán acceder a los subsidios:

Segmento de menores ingresos
Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC)

  • Poseer hasta 1 inmueble
  • No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad

Segmento de ingresos medios

  • Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC)
  • Poseer hasta 2 inmuebles
  • Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad

Segmento de mayores ingresos

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Canales para ingresar al registro

  • En el formulario RASE.
  • En las oficinas de la ANSES.
  • En las oficinas de los prestadores de servicios.

FUENTE: LT10-ÁMBITO

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