Artículo 8:
1-Las Asociaciones Miembro y los clubes son responsables del comportamiento de sus jugadores, oficiales, miembros, público asistente, aficionados así como de cualquier otra persona que ejerza o pudiera ejercer en su nombre cualquier función con ocasión de los preparativos, organización o de la celebración de un partido de fútbol, sea de carácter oficial o amistoso. CAPÍTULO PRIMERO Principios Disciplinarios 14
2. Las Asociaciones Miembro y clubes son responsables de la seguridad y del orden tanto en el interior como en las inmediaciones del estadio, antes, durante y después del partido del cual sean anfitriones u organizadores. Esta responsabilidad se extiende a todos los incidentes que de cualquier naturaleza pudieran suceder, encontrándose por ello expuestos a la imposición de las sanciones disciplinarias y cumplimiento de las órdenes e instrucciones que pudieran adoptarse por los órganos judiciales.
Artículo 13.2 inciso “a”
Las sanciones disciplinarias previstas en los artículos 18 y 20 del presente reglamento podrán imponerse a las asociaciones miembro y a los clubes en supuestos de comportamientos incorrectos o inapropiados de sus aficionados entre los que se señalan: La invasión o tentativa de invasión del terreno de juego.
El motivo radicaría en el ingreso de un hincha en cercanías del campo de juego en el segundo tiempo ante el elenco peruano. Intentó abrazarse con el capitán Guillermo Ortiz, pero fue detenido detrás de uno de los arcos. Esto no fue pasado por alto y por eso la advertencia y la sanción, entre otros cosas.
Ante este escenario, desde la dirigencia toman cartas en el asunto para que no sucedan más estos inconvenientes, bregando por el buen comportamiento de la hinchada, que se transforma en un eslabón fundamental de todo. Vale recordar que en 2018, Colón fue el club más sancionado de la Copa Sudamericana y, en épocas de economía de guerra en Argentina, no es conveniente despilfarrar las escasas ganancias.
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