El fallo de la Cámara de Apelaciones desestimó el recurso presentado por la Fiscalía que buscaba elevar la sentencia a 25 años de prisión.

La Cámara de Apelaciones de Santa Fe rechazó el recurso presentado por el Ministerio Público de la Acusación (MPA) que solicitaba una pena más severa para Juan Trigatti, el profesor de educación física condenado por abusos sexuales.

Los jueces Jorge Andrés, Alejandro Tizón y Sebastián Creus, con su fallo, resolvieron confirmar la condena de 12 años de prisión impuesta al docente, desestimando el planteo de inconstitucionalidad interpuesto por los fiscales Matías Broggi y Jorgelina Moser Ferro. Los representantes del MPA habían solicitado una pena de 25 años de prisión.

 

Los argumentos de la fiscalía

La fiscalía argumentó que la sentencia debía ser más severa debido a varios factores que agravaban el delito: la corta edad y la extrema vulnerabilidad de las cinco víctimas; la posición de poder y confianza que ocupaba el acusado como docente del Jardín Ceferino Namuncurá; las graves secuelas físicas y psicológicas que los abusos habrían provocado en las niñas y sus respectivas familias.

Los camaristas resolvieron mantener la condena que fue dictada el pasado 24 de junio, la cual había revocado la absolución inicial del docente dispuesta durante un juicio oral y a puertas cerradas celebrado un año antes.

 

Pendiente una segunda revisión

El fallo de la Cámara de Apelaciones se da a conocer mientras la condena de Trigatti es analizada por otro tribunal. Este proceso se lleva a cabo en el marco de una apelación horizontal, un mecanismo que busca garantizar el principio del “doble conforme” judicial.

Esta segunda revisión, que fue solicitada por la defensa del docente, se realizó el pasado 29 de septiembre ante un tribunal integrado por los jueces Fabio Mudry, Fernando Gentile Bersano y Bruno Netri.

En la audiencia de apelación, los abogados defensores, Marcos Barceló y Macarena Olivera, pidieron revertir la condena y restablecer la absolución de primera instancia. “Los hechos no fueron, eso es lo que la prueba acreditó”, había sostenido la letrada Olivera, insistiendo en la inocencia de su defendido.

Fuente: UNO Santa Fe

Comenta sobre esta publicación

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *