El represor fue juzgado y encontrado culpable por el secuestro de 178 personas. El fallo fue unánime. Como oficial de inteligencia de la Prefectura, operó en la ESMA. Entre sus víctimas está Rodolfo Walsh. Diecinueve casos están relacionados con la búsqueda de Abuelas de Plaza de Mayo.


Gonzalo Sánchez, quien se hacía llamar “Chispa” en el marco del grupo de tareas 3.3.2, fue condenado a 16 años y ocho meses de prisión por los secuestros de 178 personas que permanecieron cautivas en el centro clandestino que funcionó en la ESMA durante la última dictadura cívico-militar. El Tribunal Oral Federal 5 lo consideró coautor de privaciones ilegítimas de la libertad y estableció que los hechos integraron el plan sistemático de represión y constituyeron crímenes de lesa humanidad. La decisión fue tomada por unanimidad.

El veredicto cerró el noveno tramo de la megacausa ESMA, que tuvo a Sánchez como único acusado. El retirado oficial de inteligencia de la Prefectura Naval fue absuelto por alrededor de una decena de casos. Los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Germán Castelli darán a conocer los fundamentos de la sentencia el próximo 22 de octubre.

La pena impuesta quedó por debajo de los 25 años de prisión solicitados por la fiscalía y las querellas. Sánchez había llegado a juicio acusado por 193 crímenes de lesa humanidad. Durante sus alegatos, el fiscal a cargo de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, Félix Crous, y la auxiliar fiscal de esa dependencia, Marcela Obetko, habían dado por probada su responsabilidad en 179 privaciones ilegítimas de la libertad. El tribunal finalmente lo condenó por 178.

El proceso estuvo atravesado por las condiciones bajo las cuales Brasil autorizó la extradición del represor, que permaneció allí prófugo de la justicia argentina durante varios años. Sánchez fue detenido en mayo de 2020 en las playas de Paraty, en el centro norte del país vecino. Había sido requerido por la justicia vernácula por privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos y torturas seguidas de muerte, pero la justicia brasileña solo permitió que fuera juzgado en la Argentina por los secuestros.

La decisión limitó tanto los delitos incluidos en el juicio como la pena que podía recibir. La extradición fue concedida con el argumento de que la desaparición forzada continúa mientras no se determine el destino de las víctimas y, por lo tanto, no puede considerarse prescrita. También se fijó un máximo de treinta años de prisión.

Esa restricción impidió juzgar en este debate la totalidad de las conductas atribuidas a Sánchez dentro del centro clandestino de detención, tortura y exterminio que funcionó en la ESMA. Los testimonios lo ubicaron en operativos de secuestro, interrogatorios bajo tormentos, traslados de cautivos y tareas de vigilancia. Sin embargo, la sentencia solo pudo referirse a las privaciones ilegítimas de la libertad habilitadas por Brasil.

Sánchez integró el Grupo de Tareas 3.3.2 de la Armada entre 1976 y 1978. Como oficial del servicio de inteligencia de la Prefectura, funcionó como enlace entre ambas fuerzas y participó del sector operativo encargado de capturar a las víctimas y trasladarlas a la ESMA.

Más de treinta sobrevivientes aportaron información sobre su presencia y sus funciones dentro del centro clandestino. Sus declaraciones coincidieron en la descripción física, el temperamento y las tareas del hombre al que conocían como “Chispa” u “Omar”. Algunos también lo reconocieron en operativos concretos y relataron que intervenía en interrogatorios y salidas de personas cautivas.

La prueba documental confirmó esos relatos. El legajo de Sánchez registró su paso por las áreas de inteligencia y las evaluaciones favorables que recibió de sus superiores. En 1978, Emilio Massera lo condecoró por su actuación en el grupo de tareas. Solo dos oficiales de la Prefectura recibieron esa distinción: Sánchez y Héctor Febres, otro represor de la ESMA.

Entre las víctimas incluidas en el juicio estuvo el periodista y escritor Rodolfo Walsh, emboscado por el grupo de tareas el 25 de marzo de 1977, un día después de difundir su Carta abierta de un escritor a la Junta Militar. Walsh fue herido durante el operativo y trasladado a la ESMA. Su cuerpo continúa desaparecido.

También formaron parte del proceso los secuestros de Norma Arrostito y Alicia Eguren, entre muchas otras víctimas. Sánchez fue juzgado por hechos cometidos durante distintos períodos de 1976, 1977 y 1978, cuando la ESMA funcionaba como uno de los principales centros del circuito represivo de la Armada.

Diecinueve casos están relacionados con la búsqueda de Abuelas de Plaza de Mayo. Comprenden los secuestros de mujeres embarazadas, de sus parejas y de niños y niñas nacidos durante el cautiverio. Algunos de esos hijos fueron restituidos a sus familias, mientras que otros continúan sin conocer su verdadera identidad.

El juicio comenzó el 22 de octubre de 2025, más de veinte años después de que Sánchez fuera declarado rebelde. Había huido del país tras la reapertura de las causas por delitos de lesa humanidad y permaneció prófugo durante quince años.

Fue localizado en Brasil en 2011, pero el procedimiento para llevarlo nuevamente ante la justicia argentina atravesó detenciones, liberaciones y un pedido de refugio que demoró la extradición. Finalmente, fue capturado en mayo de 2020 en Paraty, en el estado de Río de Janeiro, y trasladado a la Argentina.

Desde entonces permaneció detenido en la Unidad 34 de Campo de Mayo. Durante la primera audiencia del juicio se negó a declarar y se presentó ante el tribunal como pastor de una iglesia evangélica. La defensa reclamó su absolución y cuestionó la prueba reunida en su contra.

La fiscalía sostuvo que Sánchez no había cumplido un papel secundario, sino que fue un integrante reconocido del grupo operativo de la ESMA. Las querellas del CELS y de familiares de víctimas, representadas por los abogados Sol Hourcade, Pablo Llonto y Ariel Noli, coincidieron en reclamar 25 años de cárcel.

El veredicto lo declaró coautor de 178 secuestros y ratificó judicialmente su pertenencia a la estructura criminal que funcionó dentro de la ESMA. El 22 de octubre se conocerán las razones por las cuales el tribunal fijó una pena inferior a la solicitada y lo absolvió por los restantes casos.

Fuente: Página 12

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