Tren Urbano dialogó con Matías Cremonte, Presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas a raíz de una publicación sobre el anteproyecto de reforma del código penal que incluye aspectos del derecho laboral y que, entre otros temas, avanza en la penalización del derecho a huelga.

“El código penal tiene desde la década del 60′ un artículo que establece como delito al obrero que ejerciere violencia sobre otro para compelerlo a tomar parte de una huelga. La finalidad era penalizar aspectos colaterales del ejercicio del derecho a huelga como la manifestación, a veces en la puerta de las fábricas. La legitimación del ejercicio de la acción colectiva, ha ido marginalizando esta idea de que el ejercicio de un derecho o alguna colateralidad pueda ser considerada un delito. Lo más lógico es que esto se derogue. Lejos de derogarse, el proyecto de reforma del código penal que circula en estos días plantea un agravamiento, elimina a la figura del obrero, si nos preocupaba que un obrero pueda ser penalizado por el ejercicio de los piquetes y movilizaciones en el marco de una huelga, ahora sería cualquier persona. Y se elimina el requisito de quien ejerce violencia sobre otro para obligarlo a participar de una huelga, pasa a ser subjetivo quién está obligando a otra persona y cómo, ¿alguien que en una asamblea diga que es necesario ir a esa huelga?”

La criminalización del derecho a huelga beneficia a quien se perjudica con la huelga, muy concretamente los empresarios. Si plantean la posibilidad de que ir a una huelga pueda tener como consecuencia tener un problema con la justicia penal, es un modo de atemorizar, castigar a quienes ejercen el derecho a huelga. Por otro, también es utilizado por el propio estado, no solo en su faz empleadora, sino por la criminalización de la protesta social. Activistas sindicales, dirigentes sociales están sometidos a procesos por el corte de una ruta, por una manifestación, por el ejercicio de una libertad democrática vinculada al derecho de protesta.”

“La medida de fuerza en términos amplios, no hay norma que defina qué es una huelga y cómo se practica, es un ejercicio cuya finalidad es conseguir o defender derechos. Entonces, la limitación es inconstitucional.”

“El proyecto se presentó en una revista jurídica, entiendo que no ha tenido todavía un desarrollo en la comisión de legislación penal del congreso.”

Escuchá la entrevista a Matías Cremonte:

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