La medida fue informada este martes 30 de enero en el Boletín Oficial.
La medida fue informada mediante sendas Disposiciones publicadas este martes 30 de enero de 2024 en el Boletín Oficial de la Nación.
A través de la Disposición 893/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANMAT anunció: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto Aceite de oliva extra virgen, marca Establecimiento Don Álvaro, RNE: 12000784, RPPA: 1205350, Zona de Producción Los Molinos, Procedencia La Rioja, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.
La medida se toma “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos números de registros dados de baja, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
LA MARCA DE AZÚCAR SANCIONADA
A través de la Disposición 894/2024, la ANMAT informó la venta y consumo de una marca de azúcar.
La ANMAT dispuso: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto Azúcar común tipo A marca Deliciosa, RNE: 2337560 – RNPA: 23059131, Origen: Ingenios Tucumanos, pcia. de Tucumán, Fraccionadora Juan Jorge Julian S.H., en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.
Y agrega que es “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
FUENTE: NA

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