El proyecto de ley, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernandez, del ministro de Economía, Martín Guzmán, y del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero plantea cambios en el régimen del monotributo, también un esquema de actualización de los topes de las categorías y, contempla el reingreso anticipado al monotributo de los contribuyentes que pasaron al régimen general.

En este sentido, las autoridades adelantaron que la iniciativa también busca crear un puente entre el régimen de monotributo y el de trabajadores autónomos, para que el salto entre un esquema y otro no sea tan abrupto.

Se busca que la iniciativa comience a ser debatida en las próximas semanas, para poder ser implementada antes del 20 de enero.

10 puntos centrales

1. Propone establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo que tuvo la cuarentena en los monotributistas, de manera de beneficiar a contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria.

2. Contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020.

3. Actualización del 35,3% respecto al precio del dólar actual.

4. Aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y que por ello deberían pasar al régimen general.

5. Para los que superaron el límite pero, sus ingresos no superen el 25%, pueden quedarse en el régimen.

6. El que se cambió voluntariamente y está en la misma relación de facturación puede regresar como monotributista.

7. Realizar un puente entre un régimen y otro para que la diferencia no sea tan significativa. Para ello admite beneficios a través del IVA y de Ganancias.

8. A través del IVA se le permite un crédito fiscal presunto equivalente a un 17,5% del monto que le fue facturado por los proveedores y también permite un monto equivalente a una doceava parte del 50% de la alícuota en concepto de crédito fiscal pero que no puede exceder el 75% del débito fiscal.

9. Para los casos antes mencionados, la alícuota del IVA va a bajar 50% en el primer año, 30% en el segundo y 10% en el tercero.

10. Beneficios en Ganancias donde toma un gasto deducible equivalente al 82,65% de las compras y una deducción especial equivalente al 50% de un límite.

Este puente reducirá el monto a pagar por IVA y deducciones especiales en Ganancias y dura tres años a quienes accedan al beneficio.

Con información de Santa Fe 24hs

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