Portrait de Eduardo Barcesat.

FM Chalet dialogó con el Dr. Eduardo Barcesat constitucionalista quien fue contundente al afirmar la violación a los derechos constitucionales de dos provincias argentinas (Tucumán y San Juan), negando el derecho de elegir y ser elegido(la Suprema Corte de Justicia Nacional suspendió las elecciones en dichas provincias). Se expresó lamentándose que las provincias no interpusieran pedidos de revocatorias y nulidad pues no se realizó ningún Per Saltum. También afirmó que esta decisión anticonstitucional de los supremos amplía el pedido de juicio político que está en la Cámara Baja.

¿Es constitucional la intervención de la Corte Suprema en los estados provinciales al respecto de suspender elecciones?

“En la forma que se ha dado digo categóricamente que no es la vía ni el modo para ingresar a conocer sobre un conflicto electoral provincial , digo esto porque en las provincias se planteó el tema de si debía o no habilitarse las candidaturas de Uñac y de Manzur respectivamente , la decisión de los superiores Tribunales Electorales de las provincias fue la de admitir la postulación, la parte recurrente o quejosa podría tranquilamente haber instado una apelación a la Cámara Electoral Nacional para revisar estos pronunciamientos provinciales”.

“La Cámara Nacional Electoral tiene competencia en todo el territorio nacional y suponiendo que la Cámara tampoco les hubiera dado la razón entonces el camino es ir con recursos extraordinarios federal a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que seguramente le iban a habilitar la vía”.

“Lo que no es admisible es que la Corte solapadamente anule decisiones tomadas por el Superior Tribunal de la causa en la provincia sin mencionarlo y sin hacerse cargo de que no puede admitir en supuesto de estos una presentación directa por una norma procesal intemperada que establece que  una vez que  parte ha elegido una vía para reclamar no puede volver a una vía alterna o no puede promover una vía alterna. Sí fracasó y no quiso instarlo en los mecanismos propios a la revisión de los fallos provinciales no puede ir directamente a la Corte”.

“Ellos tenían la facultad de ir a la Cámara y luego a la Corte o presentar un Per Saltum para ir directamente a la Corte que en un caso así por la vecindad de la elección es un tema de gravedad institucional entonces proponga un Per Saltum  pero no se abrieron completamente de la intervención de la Cámara Electoral Nacional y fueron directamente con una presentación directa a la Corte, la cual debió haberla rechazado como lo aconsejó la representante de del Ministerio Público Fiscal de la Procuración General de la Nación que dictaminó sobre el tema diciendo: esto no es de la competencia del Tribunal de la Suprema Corte”.

“Con estos antecedentes es que se dicta un pronunciamiento que además de afectar el sistema federal artículos 1 y 5 de la Constitución, los derechos políticos tanto de electores como los de los posibles elegidos de participar en la contienda electoral y ha ingresado al fondo de la cuestión en una medida cautelar lo cual constituye una especie de chapuzeria recién iniciado, de argumentar en lo mismo que va a tener que emplear después para en su caso dictar una sentencia definitiva sobre estos temas que ya ha prejuzgado”.

“Lamento profundamente que la decisión de las autoridades provinciales haya sido la de someterse a la decisión de la Corte en lugar de interponer una revocatoria por nulidad por falta de competencia y de procedimiento adecuado en el fallo de la Corte y recusar a los ministros de la Corte por haber prejuzgado en el fondo de la cuestión pidiendo se integre un Tribunal de conjueces que se integra por sorteo entre todos presidentes de las Cámaras Federales de todo el país para que ellos emitan una sentencia acorde a derecho . No lo han hecho y ahora hemos conocido que Patricia Bulrich que parece que oficia como vocero de la Corte Suprema porque habla en plural sobre las decisiones de ella, de la Corte y del PRO que ella representa, van porque tampoco se vote a legisladores provinciales, intedentes y concejales municipales. En fin no quieren perder elecciones esto es lo que claramente están peticionando”.

“Esta conducta de la Corte es muy similar a la que siguió en el tema de la coparticipación federal favoreciendo en este caso al gobierno de CABA cometiendo una tropelía aun mayor , dictando una alícuota que es una atribución del poder legislativo y silencia o no advierte a que dos meses antes de su pronunciamiento cautelar el Congreso de la Nación a través de la ley Nacional de Presupuesto había establecido la alícuota de CABA . Esto significa derogar o suspender una ley , en la práctica es ir en contra de la decisión del Congreso de la Nación que había aprobado la ley presupuestaria”.

“Todos estos dislates no hacen otra cosa que ampliar el pedido de juicio político en trámite en la Cámara de Diputados y probablemente la petición contenga un pedido de suspensión a los integrantes de la Corte Suprema que ha roto con la estructura jerárquica, la división de poderes, del federalismo a través de estos fallos bochornosos porque no hay otra palabra para descrbirlo”.

“Lamentablemente no se tomó al dictamen vía revocatoria planteo de nulidad con estas fallas de invalidez que son visibles hasta para un Patronato de invidentes”.

“Estamos ahora embarrados y haciéndole el caldo gordo a este gobierno de los jueces que se creen por arriba no solamente de los poderes ejecutivos, legislativos y los gobiernos provinciales sino por encima de la Constitución”.

Escucha la entrevista completa:

 

 

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