La Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario revocó la resolución que había admitido la acusación fiscal en su contra y consideró que sus conductas fueron atípicas.

En el día de ayer, la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario hizo lugar a la apelación presentada por la defensa de Patricio Serjal y Gustavo Luzzini. La resolución se da en el marco de la causa por contaminación en el departamento San Lorenzo.

La apelación fue interpuesta contra la resolución previa del Dr. Ariel Cattaneo, quien había admitido la acusación fiscal en su contra por presunto incumplimiento de las obligaciones de promover la persecución penal, entre otros delitos.

Los abogados defensores argumentaron la atipicidad de la conducta de sus clientes, señalando que sus acciones —la emisión de una instrucción particular y el consentimiento a un criterio de oportunidad en un caso de contaminación ambiental— estaban dentro de sus facultades legales.

Patricio Serjal y Gustavo Luzzini by Sin Mordaza

La Fiscalía, por su parte, defendió la acusación, alegando que la aplicación del criterio de oportunidad era ilegal debido a la gravedad de la contaminación y a que permitió la impunidad de los responsables de la empresa involucrada.

Finalmente, el juez de apelación, Dr. Tomás Orsorevocó la resolución inicial y dictó el sobreseimiento de Serjal y Luzzini, concluyendo que sus conductas fueron atípicas, ya que se enmarcaron en el ejercicio legítimo de sus roles funcionales y en la política de persecución penal.

Fuente: Sin Mordaza

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