Así calificó el constitucionalista Domingo Rondina la decisión por decreto de necesidad y urgencia de anular el Fondo Federal Solidario.
“Indudablemente esto es un decreto de necesidad y urgencia, lo primero que uno analiza en estos casos es si hay necesidad y urgencia, ahí las dos cosas parecería que tienen que ver con una preocupación fiscalista del gobierno nacional, o sea la necesidad parece ser una necesidad de tener más fondos disponibles en el presupuesto nacional, incluso fondos que ya estaban presupuestados, y por otro lado hay una urgencia que parece ser una urgencia de tipo fiscalista vinculada al acuerdo con el FMI, no se ven necesidades y urgencias de gobierno sino meramente de números.”
¿Es inconstitucional este decreto?
“Ahí hay varias cuestiones que analizar, en primer lugar se tratan de derechos de exportación que son recursos exclusivos del Estado Nacional, la Constitución Nacional divide en tres categorías a los tributos, están los impuestos externos (que son estos derechos de importación y exportación), los indirectos internos que son concurrentes de la Nación y las provincias, como por ejemplo el IVA; y los directos internos que son exclusivos de las provincias, como por ejemplo el impuesto inmobiliario. Estos derechos de exportación si bien son exclusivos de la Nación, que tomó la decisión en el 2009 de compartir una parte a las provincias, 160 años después de la Constitución Nacional hay algunos criterios que van cambiando y ahora se habla mucho de si las retenciones no tienen que ver con una participación con los recursos naturales.”
¿No cabe allí la figura de derecho adquirido?
“Por un lado hay algunos colegas que analizan que esto es una graciosa concesión de la Nación que lo dio en el 2009 y lo puede sacar cuando quiera, yo entiendo que no, entiendo que la reforma constitucional le dio dos años de plazo al Congreso para dictar una ley de coparticipación y le advirtió que si para el 97 no la había dictado ya no iba a poder cambiar en perjuicio de las provincias la distribución de recursos coparticipables, podía reducir la torta de la Nación pero no podía reducir las porciones de la provincia, yo creo que esta cláusula bloquea la posibilidad de los que se dio se quite. Lo grave es que se quitan fondos en ejecución, están presupuestados por Nación y está presupuestado el ingreso en las provincias comunas y municipios, sumado a esto que cuando Macri vetó aquella ley que retrotraía las tarifas en los fundamentos de ese veto muy claramente Macri dijo: No señores los presupuestos en curso no se pueden alterar porque es de mala administración financiera. Bueno acá tenemos una afectación a un presupuesto en curso pero teniendo en cuenta que solo se podían usar estos fondos para obras.”
“Si vos decis: yo en 2019 no voy a mandar estos fondos, bueno nos organizamos de otra manera, pero acá te están quitando plata que ya está presupuestada y como solo se podía gastar en obras públicas de infraestructura esa obra no es algo que vos vas a comprar a un mostrador con plata constante y sonante, las obras públicas vos la proyectás a plazo, entonces eso se concesionó se comprometieron pagos a futuro y ahora hay que pagarles a las empresas que están haciendo las rutas, entonces no se puede no pagarles, entonces las provincias y municipios van a tener que sacar plata de otro lado para poder pagar lo que ya tenían previsto paga con fondo sojero, entonces es verdaderamente un desastre desde el punto de vista financiero.”
Escucha la entrevista completa al Dr. Domingo Rondina:
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