El juez de la ciudad de Vera, Martín Gauna Chapero, dictó la prisión preventiva para Silvio Omar Stefanucci, el periodista denunciado por abuso sexual a las dos hijas de su expareja, cometidos durante más de 10 años.

La audiencia se desarrolló por videoconferencia y el magistrado dio por acreditados los hechos y los riesgos procesales, por lo que dispuso la detención sin plazos para el imputado de 69 años.

Por su parte, el fiscal Leandro Benegas expuso la evidencia colectada desde que se radicó la denuncia online a través de la página web del MPA y, la abogada querellante Carolina Walker, remarcó las conexiones del imputado por su trabajo en una FM local. En tanto, Stefanucci es asistido por el abogado particular Alejandro Otte, quien intentó desvirtuar la imputación fiscal.

Hijastras

Las hermanas denunciaron haber sido agredidas sexualmente por Stefanucci durante al menos diez años, en la vivienda familiar. El hombre estaba en pareja con la mamá de las jóvenes, que hoy son mayores de edad.

Entre las evidencias expuestas por el fiscal Benegas en la audiencia cuentan con las declaraciones del equipo interdisciplinario que atendió a las denunciantes, con informes de psicólogos y psiquiatras de las víctimas, con informes médicos que dan cuenta de lesiones compatibles con abusos y que avalan los hechos relatados por las hermanas en la denuncia. Además, al realizarse el allanamiento en la vivienda se secuestró un arma de fuego.

El acusador sostuvo también la necesidad de mantener la prisión de Stefanucci por las medidas que restan realizar, entre ellas, la declaración de los profesionales que asisten a las jóvenes, y la existencia de los riesgos procesales por los contactos que el imputado tiene por su trabajo como comunicador en una FM local.

Por su parte, la abogada querellante agregó que una de las hermanas deberá declarar en Cámara Gesell a pesar de ser mayor de edad, atento al delicado estado que presenta en su salud mental.

Niega las acusaciones

Stefanucci pidió declarar en la audiencia e hizo un repaso de su trayectoria como periodista. Además, admitió que el arma secuestrada estaba en su vivienda pero no era de su propiedad. En relación a los hechos de abusos endilgados, el hombre negó los hechos y atribuyó a las hermanas actitudes de exposición y contacto.

La situación se destapó a fines del 2020, cuando una de las hermanas advirtió una situación de Stefanucci con la otra joven y le preguntó si abusaba de ella. Las amenazas habían sido tan efectivas que las hermanas no sabían que la otra también era agredida sexualmente por el hombre.

Las jóvenes decidieron contarle a su mamá, la mujer puso fin a la relación y lo echó de la casa. Las hermanas comenzaron a recibir asistencia psicológica y psiquiátrica, y a evaluar la posibilidad de radicar la denuncia. Finalmente realizaron la presentación judicial el 21 de abril con el patrocinio de Walker y derivó en la detención de Stefanucci.

Según consta en la presentación, y fue sostenido en las audiencias, las agresiones sexuales sucedieron durante más de diez años, aproximadamente desde el 2009, en la vivienda familiar: el hombre denunciado estaba en pareja con la mamá de las víctimas. Las denunciantes describieron los abusos cometidos cuando su mamá salía a trabajar, y cuando alguna de las hermanas viajaba a visitar a su padre.

En la denuncia las hermanas sostienen que además el hombre les hacía comentarios fuera de lugar sobre la ropa que usaban y sus cuerpos. Finalmente, sostuvieron que el hombre las amenazó con una pistola cargada y les decía que si lo denunciaban nadie les iba a creer ya que tenía mucha credibilidad por su trabajo en una radio local; además, una de las hermanas se encuentra recibiendo asistencia psicológica por las secuelas en su salud a causa de los abusos.

En relación a los delitos cometidos en perjuicio de una de las víctimas, al hombre investigado se le imputó la autoría de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado (por haber ocasionado un grave daño en la salud mental de la víctima y por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechado la situación de convivencia preexistente); abuso sexual gravemente ultrajante (por su duración y por las circunstancias de realización) y abuso sexual simple agravado (por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia.

Por su parte, por los ataques sexuales a la otra víctima, se le endilgó la autoría de abuso sexual gravemente ultrajante (por su duración y por las circunstancias de su realización) y abuso sexual simple agravado (por ser cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia.

Fuente: Santa Fe 24 horas

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