Fue incluido por la Cámara de Diputados a instancias de la bancada de Somos Vida y Familia. En los fundamentos hablan de la orfandad legislativa que quedó expuesta en los incendios de islas. Góndolas con productos para celíacos en supermercados e hipermercados.

La Cámara de Diputados votó la incorporación de un nuevo artículo al Código de Faltas -ley 10.703- para incluir la figura contravencional de la “contaminación del aire” como herramienta jurídica que le permita al Estado velar por los derechos de los santafesinos a gozar de un ambiente libre de humo.

El pleno del cuerpo acompañó la propuesta de Nicolás Mayoraz y Natalia Armas Bellavi (Somos Vida y Familia) donde se prevé como sanción el arresto de hasta noventa días o una multa de hasta cien jus al que, obrando culposa o dolosamente, provocare la contaminación del aire por combustión o biomasa, venteo de productos químicos, liberación del polvillo de origen vegetal, o cualquier otra sustancia susceptible de producir un daño a la salud de la población o al medio ambiente.

También prevé el arresto de hasta treinta días y/o multa de hasta cincuenta jus el que violare las disposiciones legales reglamentarias vigentes tendientes al aseguramiento y el control de la contaminación del aire.  Se aclara que las sanciones serán aplicadas más allá de aquellas dispuestas por la autoridad administrativa, y siempre que la conducta no resulte subsumida en una figura penal.

“La figura es necesaria y urgente por el daño a la salud por el humo que provocan los incendios” explicó Mayoraz quien dijo ver con impotencia la inacción de la justicia entrerriana frente a las quemas que afectan a la zona sur de la provincia.  Para el legislador, “esta figura en el Código llena un vacío. Hoy se pena al que envenena las aguas y no hay sanción prevista para que hace humo. Esta figura les permitirá a los jueces santafesinos actuar por el principio de ubicuidad”, añadió.

El proyecto girado al Senado agrega un inciso al artículo 138 del vigente Código y prevé además la posibilidad de clausura de establecimientos donde se genera la infracción.

Góndola para celíacos

Por otra parte, la Cámara votó una modificación a la ley santafesina sobre la enfermedad de celiaquía – ley 13.190- disponiendo la obligatoriedad de que los supermercados e hipermercados que superen los mil metros cuadrados deberán disponer góndolas y heladeras con alimentos libres de gluten, identificadas con un cartel claramente visible con la leyenda “Alimentos Libres de Gluten” o “‘Alimentos sin T.A.C.C”: con el símbolo oficial establecido por ley.

El proyecto ingresado por el radical Sergio Basile determina además que esos comercios deberán disponer de un listado de alimentos libres de gluten de modo claramente visible, aprobado y actualizado por la autoridad competente, ubicado en las góndolas y heladeras para la consulta de consumidores, así como incorporar en las publicaciones y/o revistas de promoción de supermercados y hipermercados, una sección específica con artículos libres de gluten o alimentos sin T.A. C. C.

“Las familias que tienen uno o varios miembros que padecen celiaquismo, tienen el inconveniente de recorrer varios supermercados y/o hipermercados para poder encontrar tan solo unos pocos productos que puedan consumir, constituyendo una complicación constante, sumando el valor de los mismos que, generalmente es mucho más costoso que los que consumen las personas que no tienen intolerancia al gluten”, explicó el autor los motivos de esta iniciativa que pasó al Senado.

Alivio para no esenciales

Sin el voto de la bancada justicialista, Diputados aprobó un proyecto del radicalismo que apunta a eximir de Ingresos Brutos a contribuyentes que no estén encuadrados dentro de las “actividades esenciales” y a, suspender la caducidad de planes de pago, entre otras medidas.

Juan Cruz Cándido expuso que el proyecto contempla una serie de medidas de alivio para aquellos que vieron interrumpida su actividad, que tuvieron poco tiempo o nada de funcionamiento por estar encuadrados en los ‘no esenciales’.

Dentro de las distintas medidas que se detallan en el texto se destacan el no cobro de Ingresos Brutos para los “no esenciales”, alcanzando a quienes estén inscriptos en el Régimen Simplificado; para el pago anual del tributo deberá tenerse en cuenta el no pago por no generación de ingresos; suspensión de la aplicación de intereses; suspensión de la caducidad de los planes de pagos; eximición del pago de Impuestos de Sellos y de las Tasas Retributivas a MiPymes que reciban asistencia financiera por parte del Estado o mediante créditos bancarios, préstamos o subsidios; y, mecanismos de reintegro para quienes ya pagaron.

Cándido dijo que el proyecto “se ha ido enriqueciendo con el aporte de distintos bloques. A esta altura, casi 6 meses después de comenzada la pandemia, con un plazo fijo de más de 25.000 millones de pesos en los bancos y una cifra similar en el FUCO creíamos que el gobierno Provincial iba a tomar medidas más concretas para cuidar la producción, el comercio y el empleo. Estamos en condiciones de hacerlo. Pero, lamentablemente, primaron las ideas conservadoras y el Gobernador entendió que era prioritario ahorrar dinero antes que ayudar a los santafesinos y las santafesinas”.

Apoyo al comercio electrónico

Obtuvo media sanción en Diputados un proyecto para asistir a las Pymes en el desarrollo del comercio electrónico. Se trata de un fondo de 120 millones de pesos que servirá para la adquisición de equipos y servicios digitales para garantizar la venta online. “Lo que buscamos es que el Gobierno acompañe a los emprendedores que por las nuevas restricciones no pueden vender sus productos de forma presencial, y se encuentran con la dificultad de desconocer cómo hacerlo o no tienen el dinero suficiente para invertir en asesoramiento para generar su plataforma online”, detalló Joaquín Blanco (PS).

El fondo de “Asistencia a Pymes para el desarrollo del comercio electrónico” permitirá que todos aquellos emprendedores, comerciantes y pequeñas empresas que no cuenten con otro tipo de asistencia similar por parte del gobierno Nacional, puedan contratar servicios para la creación de una plataforma digital, acceder a sistemas de pago online y también diagramar estrategias de marketing para promocionar sus comercios.

El proyecto busca fomentar el desarrollo del comercio electrónico, impulsar programas y acciones tendientes a favorecer la reconversión digital de las micro, pequeñas y medianas empresas. A su vez, crea una Red de Asesores Digitales que atiendan las problemáticas más urgentes y guíen a los comerciantes en este proceso de transformación.

Con información de El Litoral

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